De acuerdo a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción (en vigor desde el 13 de marzo de 2023 siguiendo lo establecido en al Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre de 2019), empresas, administraciones y organismos que tengan contratadas entre 50 y 249 personas trabajadoras deben habilitar un canal de denuncias antes del 1 de diciembre de 2023.
Como es sabido, la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 (Directiva Whistleblowing), se ha incorporado al derecho español, con el objetivo de prevenir y detectar infracciones, la Ley 2/2023 pretende ofrecer un marco regulador completo que proteja adecuadamente a personas que informen de la comisión de infracciones dentro del ámbito de la Directiva (UE) 2019/1937, así como de conductas activas u omisivas que puedan constituir infracciones penales o administrativas graves o muy graves.
Por todo ello,la federación Insular Tinerfeña de Padres y Madres de Alumnado no está obligada a tener actualmente por el número de personal en la plantilla un canal de denuncias.
Actualizado el 22/04/2024