Este Protocolo anticorrupción enumera los temas y principios que deben respetarse en la prevención de la corrupción. Ayuda a detectar situaciones de riesgo y sirve como guía de actuación para enfrentar la corrupción en el seno de Federación.
FITAPA prohíbe todos los tipos de corrupción tanto pública como privada. Las sanciones por corrupción no solo se aplican a las personas o empresas que pagan el soborno, sino también a cualquier cómplice. Las personas acusadas de corrupción pueden ser castigados con penas multa y privación de libertad. La corrupción genera incertidumbre, riesgo reputacional y vulnerabilidad a la extorsión, además de las sanciones a que se expone la federación por incumplimiento de la legislación que puede derivar en severas multas, además de otras, como la disolución de la persona jurídica, la suspensión de actividad, la clausura de locales, la prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido el delito de corrupción, la Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, y la intervención judicial de la federación para salvaguardar sus derechos.
FITAPA se compromete a realizar todas sus actividades de forma ética y responsable. Adopta una política inequívoca de tolerancia cero con cualquier forma de corrupción y cohecho y se compromete a actuar de manera transparente, profesional, justa y con integridad en todas las relaciones y negociaciones comerciales donde realice actividad.
FITAPA no permitirá que ningún asociado ni nadie que actúe en su nombre , acepte, ofrezca, solicite ni prometa un pago de solicitud o cohecho, independientemente de la cantidad de la que se trate. Esto incluirá cualquier tipo de pago de facilitación (o «soborno»).
Puedes descargar este documento para conocer en detalle la información sobre el protocolo.
Actualizado el 18/04/2025